¿Qué es un humedal? Existen diferentes formas de definir los humedales, y
esto depende principalmente del enfoque y del uso que se le vaya a dar a esta
definición. La mayoría incluye referencias a la hidrología, suelos y biota.
Según la Convención Internacional sobre Humedales (Convenio de Ramsar [1]) “un humedal es
una zona de la superficie terrestre que está temporal o permanentemente
inundada, regulada por factores climáticos y en constante interrelación con los
seres vivos que la habitan”… Se consideran humedales, “las extensiones de
marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de
régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o
corrientes, dulces, salobres o saladas”… “podrán comprender sus zonas ribereñas
o costeras adyacentes”.
Entre otras
definiciones el Manual Federal para Determinación de Jurisdicción de 1987 del
Cuerpo de Ingenieros de Costa Rica dice como sigue: “los humedales son áreas de
transición entre sistemas acuáticos y terrestres frecuentemente inundadas o
saturadas de aguas superficiales o subterráneas, durante un periodo de tiempo
suficiente como para que crezca un tipo de vegetación especialmente adaptada a
vivir en estas condiciones (vegetación hidrofítica)”
[1]
La Convención sobre los Humedales es un tratado
intergubernamental aprobado el 2 de febrero de 1971 Los países que se adhieren
a la Convención de Ramsar se suman a un esfuerzo internacional encaminado a
garantizar la conservación y el uso racional de los humedales. El tratado prevé
cuatro compromisos principales que las Partes Contratantes asumen al adherirse.
Inscripción de sitios en la Lista (Artículo 2 de la Convención). Uso racional
(Artículo 3 de la Convención). Reservas y capacitación (Artículo 4 de la
Convención). Cooperación internacional (Artículo 5 de la Convención
No hay comentarios:
Publicar un comentario