sábado, 4 de octubre de 2014

Los Humedales

¿Qué es un humedal? Existen diferentes formas de definir los humedales, y esto depende principalmente del enfoque y del uso que se le vaya a dar a esta definición. La mayoría incluye referencias a la hidrología, suelos y biota. Según la Convención Internacional sobre Humedales (Convenio de Ramsar [1]) “un humedal es una zona de la superficie terrestre que está temporal o permanentemente inundada, regulada por factores climáticos y en constante interrelación con los seres vivos que la habitan”… Se consideran humedales, “las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas”… “podrán comprender sus zonas ribereñas o costeras adyacentes”.
Entre otras definiciones el Manual Federal para Determinación de Jurisdicción de 1987 del Cuerpo de Ingenieros de Costa Rica dice como sigue: “los humedales son áreas de transición entre sistemas acuáticos y terrestres frecuentemente inundadas o saturadas de aguas superficiales o subterráneas, durante un periodo de tiempo suficiente como para que crezca un tipo de vegetación especialmente adaptada a vivir en estas condiciones (vegetación hidrofítica)”




[1] La Convención sobre los Humedales es un tratado intergubernamental aprobado el 2 de febrero de 1971 Los países que se adhieren a la Convención de Ramsar se suman a un esfuerzo internacional encaminado a garantizar la conservación y el uso racional de los humedales. El tratado prevé cuatro compromisos principales que las Partes Contratantes asumen al adherirse. Inscripción de sitios en la Lista (Artículo 2 de la Convención). Uso racional (Artículo 3 de la Convención). Reservas y capacitación (Artículo 4 de la Convención). Cooperación internacional (Artículo 5 de la Convención

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